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Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo en Ecuador

Equipo Editorial SIGLO BPO ECUADOR Ver artículos del autor
30 de diciembre 2023

En Ecuador el nuevo gobierno de Daniel Noboa ha presentado un cambio legislativo significativo con la promulgación de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo. Esta ley, llena de incentivos fiscales para la generación de empleo en Ecuador, publicada en el Registro Oficial el 20 de diciembre de 2023, trae consigo una serie de medidas destinadas a mejorar la economía y fomentar la creación de empleo.

Es importante que conozcas en qué consisten algunas de estas medidas:

1.- Remisión Tributaria

La Ley de Eficiencia Económica incorpora la medida en la que los contribuyentes que salden sus deudas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) antes de la vigencia de la ley recibirán una condonación total de intereses, multas y recargos. Esto incluye una exención específica de $60 en el Impuesto a la Renta de 2022 para contribuyentes RIMPE Negocios Populares. Además, se condonan ciertas obligaciones del RIMPE y otros impuestos relacionados con vehículos. Importante: para beneficiarse de esta condonación, el contribuyente debe pagar el capital de la deuda en un plazo máximo de 150 días tras la entrada en vigor de la ley. Cabe destacar que familiares del Presidente y asambleístas están excluidos de esta condonación.

2.- Condonación de otras deudas

En el marco de la nueva legislación, los gobiernos locales, como municipios, prefecturas y juntas parroquiales, tienen la facultad de condonar intereses, multas y recargos en deudas relacionadas con tasas o impuestos. Para implementar esta medida, cada gobierno local debe emitir una ordenanza en un plazo no mayor a 45 días desde la publicación de la ley en el Registro Oficial. Los ciudadanos interesados en acogerse a esta condonación deben pagar el capital de su deuda en un máximo de 150 días después de la expedición de dicha ordenanza.

3.- La Deuda con el Banco Central

La nueva normativa permite al Ministerio de Finanzas reestructurar su deuda significativa con el Banco Central del Ecuador (BCE), originalmente con vencimiento en 2035, extendiéndola a un nuevo plazo de 20 años. Esto significa que el BCE esperará hasta 2040 para el pago de los $5.302 millones adeudados. Las condiciones para el canje de deuda incluyen una tasa de interés anual del 1,3%, un sistema de amortización francés, y pagos semestrales.

4.- Recaudación

Bajo la nueva ley, los 499 grandes contribuyentes de Ecuador tendrán que realizar pagos mensuales al SRI, correspondientes a un porcentaje de sus ingresos. Esta suma representa una autoretención anticipada del Impuesto a la Renta, que será declarada el año siguiente. El SRI determinará el porcentaje específico de autoretención, el cual variará según la actividad económica de cada contribuyente. Además, los operadores de pronósticos deportivos están sujetos a un impuesto del 15% sobre sus ingresos netos, descontando los premios pagados.

5.- Generación de empleo en Ecuador

La ley introduce incentivos fiscales significativos para la generación de empleo en Ecuador por parte de los empleadores. Por nuevas contrataciones en proyectos de construcción y agricultura, se ofrece una deducción adicional del 75% en la base imponible del Impuesto a la Renta. Igualmente, la contratación de personas que han cumplido penas privativas de libertad de un año o más, o de quienes están sin sentencia condenatoria ejecutoriada, conlleva un incremento del 75% y 50% respectivamente en la deducción imponible. Empresas que empleen a personas con obligaciones de pensiones alimenticias recibirán un 50% adicional. Además, contratar jóvenes de 18 a 29 años permite una reducción adicional del 50%, que aumenta al 75% si son graduados de instituciones educativas públicas o fiscomisionales.

6.- Sanciones

La Ley de Eficiencia Económica contempla que las compras mayores a $500 que no se efectúen a través del sistema financiero no serán deducibles para el Impuesto a la Renta. Si los contribuyentes no declaran su patrimonio en el exterior al SRI, enfrentarán una multa del 2% del valor no declarado, con un límite del 10%. Además, negocios que no emitan comprobantes de venta incurrirán en multas de uno a 30 salarios básicos unificados, pero esto ya no será motivo para clausurar el local. Tendrán hasta 10 días para corregir la falta.

7.- Devolución de IVA

Personas naturales y sociedades que pagaron IVA en bienes y servicios para construcciones inmobiliarias pueden solicitar la devolución del impuesto, sin intereses, en un máximo de 90 días. Esta devolución se realizará mediante una nota de crédito. Los proyectos inmobiliarios deben registrarse en el ministerio correspondiente, excepto aquellos para vivienda propia, limitados a dos proyectos anuales.

8.- Incentivos para el turismo

Se propone que los establecimientos de alojamiento turístico puedan aplicar una tarifa de 0% de IVA en ventas a turistas extranjeros. Además, se incentiva a las nuevas inversiones en turismo desde $100,000, eximiéndolas del Impuesto a la Renta por siete años.

9.- Zonas francas

Se introduce la figura de zonas francas, áreas donde las empresas disfrutan de menores impuestos. Estas zonas están destinadas a actividades industriales, servicios, comerciales y logísticas. Reemplazan a las ZEDEs de la era Correa, con beneficios fiscales diferentes. Las zonas francas establecidas disfrutarán de una exención total del Impuesto a la Renta durante los primeros 5 años, seguido de una tarifa del 15% por los siguientes 25 años.

Con estas medidas, el gobierno de Daniel Noboa busca revitalizar la economía ecuatoriana. Como empresario, es crucial estar informado y preparado para adaptarse a estos cambios. En Siglo BPO estamos listos para ayudarte a navegar por este nuevo panorama fiscal. Contáctanos para asesorarte en cómo estas reformas pueden beneficiar a tu empresa.

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